jueves, 19 de enero de 2017

VISA DE RESIDENCIA RS

VISA DE RESIDENCIA RS Serán expedidas a favor de personas interesadas en residir definitivamente en el país. Califican para este tipo de visa las personas que tengan las razones siguientes:  Lazos de parentela (reunificación familiar por matrimonio / dependencia directa).  Inversionistas, Pensionados, Jubilados o Rentistas de acuerdo a la Ley 171-07.  Cumplir contrato de trabajo por tiempo indefinido en instituciones públicas o privadas. 
Religiosos con fines a desarrollar actividades propias de su culto en instituciones reconocidas en el país. La Visa de Residencia (RS), tiene una vigencia para su uso de 60 días y es válida para una sola entrada. Una vez en territorio dominicano, el beneficiario de este visado deberá presentarse ante la Dirección General de Migración para formalizar los trámites de su residencia temporal, debiendo completar los requisitos adicionales que ésta exige, siendo este visado el primer requisito. (Sección VI, Articulo 48, Acápite (a) Decreto No. 631-11, Reglamento de aplicación de la ley General de Migración No. 285-04). Requisitos 1. Carta de solicitud de visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así como información sobre cómo proyecta establecerse en el país (cónyuge de dominicano, en calidad de Inversionista o rentista, pensionado o jubilado, o para laborar en el país bajo contrato de trabajo por tiempo indefinido), esta carta no se legaliza, ni se apostilla. 2. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulareswww.consuladord.com para ser llenado en línea. 3. Una (1) fotografía tamaño 3 x 4centímetros, de frente y con fondo blanco. 4. Pasaporte original con una vigencia mínima de 18 meses. 5. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país. 6. Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. 7. Pasado Judicial Vigente descargado de la página de la Policía Nacional (No requerido para menores de edad) .expedido por la autoridad competente de los países en los que haya residido en los últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda. 8. Acta de Nacimiento. Debe de estar debidamente legalizada o apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda. Debe depositarse el original y la traducción. 9. Acta de Matrimonio (si es casado ) debidamente legalizado y apostillado Si una de las partes es Dominicano(a) y su matrimonio fue en el extranjero: - Acta de matrimonio transcrita ante el Registro Civil de la Junta Central Electoral (JCE). Ley No. 659-44 sobre actos del estado civil, art. 58 numeral 14. Para trascribir el acta, es necesario: (Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según corresponda) el acta original y la traducción. Si ambas partes son extranjeros y su matrimonio fue en el exterior: - Acta de Matrimonio. Si está redactada en un idioma diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y legalizada por el Consulado de la República Dominicana. Debe depositarse el original (este original debe de estar debidamente legalizado o apostillado, según corresponda) y la traducción. 10.Documentos que demuestren la solvencia económica del solicitante. (no aplica para inversión, pensionados, jubilados o rentistas de acuerdo a la ley 171-07) Estos documentos pueden incluir según sea el caso: o Carta de Banco: actualizada con detalles del balance de la cuenta. o Carta laboral. o Copias de Certificados de títulos de Propiedades mobiliarias o inmobiliarias (debe presentar los originales al momento del depósito). o Registro de Compañías establecidas, debidamente registradas en el Ministerio de Industria y Comercio, incluyendo estatus de la compañía (en caso de inversionista). o Copia de la última declaración de impuestos ante la Dirección General de Impuestos Internos y copia de la planilla del Registro Nacional del Contribuyente (en caso de inversionista). o Copia de Certificados Financieros. o Certificación de ingreso por pensión o Cualquier otro documento que demuestre la solvencia económica. 11.Carta de Garantía. (no aplica para inversión, pensionados, jubilados o rentistas de acuerdo a la ley 171-07). Mediante la cual se responsabilice a los gastos de manutención y repatriación, respeto a las condiciones morales y económica del extranjero, Firmada por este y dos testigos, quien será el garante ante la DGM en su proceso de solicitud de residencia temporal en el país, debidamente notarizada y legalizada en la Procuraduría General de la Republica. 12.Certificación del Ministerio de Trabajo. (no aplica para inversión, pensionados, jubilados o rentistas de acuerdo a la ley 171-07). En caso que el motivo sea cumplir contrato de trabajo por tiempo indefinido en instituciones públicas o privadas, en esta certificación debe constar que la empresa está registrado en el Sistema Integrado de Registro Laborales (SIRLA), además que cumple con lo establecido en el Art. 135 del Código de Trabajo Dominicano (sobre nacionalización del trabajo). 13.Inversión, Pensionados, Jubilados o Rentistas de acuerdo a la Ley 171-07. Según la clasificación los documentos a incluir en la solicitud son los siguientes: Inversión Extranjera:  Inversionistas directos: deberá presentar copia de la certificación del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEIRD). Las empresas que operan bajo el Régimen de Zonas Francas: deberá presentar copia de la certificación del Consejo Nacional de Zonas Francas. Las Empresas Foráneas Contratadas o Sub-Contratadas por el Poder Ejecutivo: deberá presentar copia del contrato o la gaceta oficial en donde se publica el contrato con el estado dominicano. Proyectos de Desarrollo Fronterizo: deberá presentar la certificación del Consejo Nacional de Desarrollo Fronterizo. Proyectos de Desarrollo Turístico: Puede ser acreditado tanto por el Centro de Exportación e Inversión de Republica Dominicana (CEI-RD), como por el Ministerio de Turismo.  Carta de certificación de empleo de la empresa receptora.  De igual forma en casos de dependientes esposa(o) e hijos, estos deben estar incluidos en la carta de garantía de la empresa receptora.  Si el solicitante es dependiente económico, un empleado doméstico, tutelado, ascendiente en línea directa o hijo mayor de 18 años de edad del beneficiario, debe añadirse una carta de garantía donde el garante (beneficiario del programa) haga constar la calidad y condición de dependiente económico del solicitante de la residencia, y especificar que se hace cargo de los gastos de manutención y repatriación si fuere necesario.  En caso de que el solicitante sea accionista de la empresa, deberá presentar además Acto del consejo administrativo de la compañía en original y una copia para depositar (visto original). Pensionados o Jubilados: Certificación del gobierno, organismo oficial o empresa privada de origen extranjero donde prestó sus servicios, debidamente traducida al español por un intérprete judicial, con el sello de apostilla o legalizada por el consulado dominicano del país de origen del documento, según sea el caso. Dicha certificación deberá contener los datos generales del solicitante, tiempo que permaneció en la empresa, cargo desempeñado y el monto percibido como pensión. Rentistas: Debe depositar el documento financiero de la institución de donde provienen los fondos acumulados, según lo especificado en la ley 171-07, en su artículo 1:  Certificación bancaria  Contratos de alquiler de propiedades  Certificación de entidades financieras tales como corredores de bolsa  Documentación que lo acredite como accionista o propietario de compañías de las cuales proviene la renta. Estos documentos serán presentados en original. Los ingresos percibidos por salarios no aplican. NOTA: A los fines de acogerse al régimen preferencial establecido en la Ley 171-07, los Pensionados o Jubilados y los Rentistas Extranjeros deberán recibir un ingreso mensual de acuerdo a la escala siguiente: El monto mínimo de ingreso para el Pensionado es de US $1,500.00 dólares ó su equivalente en pesos, y el Rentista de US $2,000.00 ó el equivalente en pesos dominicanos.

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