VISA DE RESIDENCIA RS
Serán expedidas a favor de personas interesadas en residir definitivamente en
el país. Califican para este tipo de visa las personas que tengan las razones
siguientes:
Lazos de parentela (reunificación familiar por matrimonio / dependencia
directa).
Inversionistas, Pensionados, Jubilados o Rentistas de acuerdo a la Ley
171-07.
Cumplir contrato de trabajo por tiempo indefinido en instituciones
públicas o privadas.
Religiosos con fines a desarrollar actividades propias de su culto en
instituciones reconocidas en el país.
La Visa de Residencia (RS), tiene una vigencia para su uso de 60 días y es
válida para una sola entrada. Una vez en territorio dominicano, el beneficiario
de este visado deberá presentarse ante la Dirección General de Migración para
formalizar los trámites de su residencia temporal, debiendo completar los
requisitos adicionales que ésta exige, siendo este visado el primer requisito.
(Sección VI, Articulo 48, Acápite (a) Decreto No. 631-11, Reglamento de
aplicación de la ley General de Migración No. 285-04).
Requisitos
1. Carta de solicitud de visa a la firma del beneficiario dirigida a la oficina
consular correspondiente, contentiva de nombre, nacionalidad, lugar de
residencia y actividad productiva a la cual se dedica, así como
información sobre cómo proyecta establecerse en el país (cónyuge de
dominicano, en calidad de Inversionista o rentista, pensionado o
jubilado, o para laborar en el país bajo contrato de trabajo por tiempo
indefinido), esta carta no se legaliza, ni se apostilla.
2. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en
letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o
en el portal de servicios consulareswww.consuladord.com para ser
llenado en línea.
3. Una (1) fotografía tamaño 3 x 4centímetros, de frente y con fondo
blanco.
4. Pasaporte original con una vigencia mínima de 18 meses.
5. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de
nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside
en un segundo país.
6. Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de
salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de
enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades
de salud correspondientes del
último país en el que estuvo domiciliado el interesado.
7. Pasado Judicial Vigente descargado de la página de la Policía
Nacional (No requerido para menores de edad) .expedido por la
autoridad competente de los países en los que haya residido en los
últimos 5 años, debidamente legalizado o apostillado, según
corresponda.
8. Acta de Nacimiento. Debe de estar debidamente legalizada o
apostillada, según corresponda. Si está redactada en un idioma diferente
al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial, legalizada por
el Consulado de la República Dominicana o apostillado, según
corresponda. Debe depositarse el original y la traducción.
9. Acta de Matrimonio (si es casado ) debidamente legalizado y
apostillado
Si una de las partes es Dominicano(a) y su matrimonio fue en el
extranjero:
- Acta de matrimonio transcrita ante el Registro Civil de la Junta
Central Electoral (JCE). Ley No. 659-44 sobre actos del estado civil, art.
58 numeral 14.
Para trascribir el acta, es necesario: (Si está redactada en un idioma
diferente al español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y
legalizada por el Consulado de la República Dominicana o apostillado,
según corresponda) el acta original y la traducción.
Si ambas partes son extranjeros y su matrimonio fue en el exterior:
- Acta de Matrimonio. Si está redactada en un idioma diferente al
español, deberá ser traducida por un intérprete judicial y legalizada por
el Consulado de la República Dominicana. Debe depositarse el original
(este original debe de estar debidamente legalizado o apostillado, según
corresponda) y la traducción.
10.Documentos que demuestren la solvencia económica del
solicitante. (no aplica para inversión, pensionados, jubilados o
rentistas de acuerdo a la ley 171-07)
Estos documentos pueden incluir según sea el caso:
o Carta de Banco: actualizada con detalles del balance de la
cuenta.
o Carta laboral.
o Copias de Certificados de títulos de Propiedades mobiliarias o
inmobiliarias (debe presentar los originales al momento del
depósito).
o Registro de Compañías establecidas, debidamente registradas en
el Ministerio de Industria y Comercio, incluyendo estatus de la
compañía (en caso de inversionista).
o Copia de la última declaración de impuestos ante la Dirección
General de Impuestos Internos y copia de la planilla del Registro
Nacional del Contribuyente (en caso de inversionista).
o Copia de Certificados
Financieros.
o Certificación de ingreso por pensión
o Cualquier otro documento que demuestre la solvencia económica.
11.Carta de Garantía. (no aplica para inversión, pensionados, jubilados
o rentistas de acuerdo a la ley 171-07).
Mediante la cual se responsabilice a los gastos de manutención y
repatriación, respeto a las condiciones morales y económica del
extranjero, Firmada por este y dos testigos, quien será el garante ante la
DGM en su proceso de solicitud de residencia temporal en el
país, debidamente notarizada y legalizada en la Procuraduría General
de la Republica.
12.Certificación del Ministerio de Trabajo. (no aplica para inversión,
pensionados, jubilados o rentistas de acuerdo a la ley 171-07).
En caso que el motivo sea cumplir contrato de trabajo por tiempo
indefinido en instituciones públicas o privadas, en esta certificación debe
constar que la empresa está registrado en el Sistema Integrado de
Registro Laborales (SIRLA), además que cumple con lo establecido en
el Art. 135 del Código de Trabajo Dominicano (sobre nacionalización del
trabajo).
13.Inversión, Pensionados, Jubilados o Rentistas de acuerdo a la Ley
171-07.
Según la clasificación los documentos a incluir en la solicitud son los
siguientes:
Inversión Extranjera:
Inversionistas directos: deberá presentar copia de la certificación del
Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEIRD).
Las empresas que operan bajo el Régimen de Zonas
Francas: deberá presentar copia de la certificación del Consejo
Nacional de Zonas Francas. Las Empresas Foráneas Contratadas o
Sub-Contratadas por el Poder Ejecutivo: deberá presentar copia del
contrato o la gaceta oficial en donde se publica el contrato con el estado
dominicano. Proyectos de Desarrollo Fronterizo: deberá presentar la
certificación del Consejo Nacional de Desarrollo Fronterizo. Proyectos
de Desarrollo Turístico: Puede ser acreditado tanto por el Centro de
Exportación e Inversión de Republica Dominicana (CEI-RD), como por el
Ministerio de Turismo.
Carta de certificación de empleo de la empresa receptora.
De igual forma en casos de dependientes esposa(o) e hijos, estos
deben estar incluidos en la carta de garantía de la empresa
receptora.
Si el solicitante es dependiente económico, un empleado
doméstico, tutelado, ascendiente en línea directa o hijo mayor de 18
años de edad del beneficiario, debe añadirse una carta de
garantía donde el garante
(beneficiario del programa) haga constar la calidad y condición de
dependiente económico del solicitante de la residencia, y especificar que
se hace cargo de los gastos de manutención y repatriación si fuere
necesario.
En caso de que el solicitante sea accionista de la empresa, deberá
presentar además Acto del consejo administrativo de la compañía en
original y una copia para depositar (visto original).
Pensionados o Jubilados:
Certificación del gobierno, organismo oficial o empresa privada de origen
extranjero donde prestó sus servicios, debidamente traducida al español por un
intérprete judicial, con el sello de apostilla o legalizada por el consulado
dominicano del país de origen del documento, según sea el caso. Dicha
certificación deberá contener los datos generales del solicitante, tiempo que
permaneció en la empresa, cargo desempeñado y el monto percibido como
pensión.
Rentistas:
Debe depositar el documento financiero de la institución de donde provienen
los fondos acumulados, según lo especificado en la ley 171-07, en su artículo
1:
Certificación bancaria
Contratos de alquiler de propiedades
Certificación de entidades financieras tales como corredores de bolsa
Documentación que lo acredite como accionista o propietario de
compañías de las cuales proviene la renta.
Estos documentos serán presentados en original. Los ingresos
percibidos por salarios no aplican.
NOTA: A los fines de acogerse al régimen preferencial establecido en la Ley
171-07, los Pensionados o Jubilados y los Rentistas Extranjeros deberán recibir
un ingreso mensual de acuerdo a la escala siguiente:
El monto mínimo de ingreso para el Pensionado es de US $1,500.00 dólares ó
su equivalente en pesos, y el Rentista de US $2,000.00 ó el equivalente en
pesos dominicanos.
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